RENAEMSE
Registro Nacional de Empresas de Seguridad del Uruguay
La Institución
Por Ley 16.170 (art.150) de fecha 28.12.90 se crea el Registro Nacional de
Empresas Prestadoras de Servicios de Seguridad, Vigilancia y Afines,
dependiendo del Ministerio del Interior, que depende de la Dirección
General de Secretaría del Ministerio del Interior por Decreto 275/99 de
fecha 14.09.99.
Competencia y facultades:
El Registro Nacional de Empresas Prestadoras de Servicios de Seguridad,
Vigilancia y Afines (RE.NA.EM.SE.) tiene competencia nacional y sus
facultades son las siguientes:
a) Informar a los efectos de tomar resolución fundada sobre la
habilitación de empresas prestadoras de servicios de seguridad;
b) Tramitar la habilitación al personal de seguridad dependiente de las
empresas;
c) Tramitar, inspeccionar y habilitar sistemas de seguridad bancarias,
Empresas Públicas e Instituciones Financieras en general, locales,
vehículos blindados y todos los medios materiales o técnicos que por las
reglamentaciones sean necesarios.
d) Practicar las inspecciones de seguridad que estime pertinentes, o que
se le solicitaren, efectuando los informes técnicos correspondientes;
e) Llevar el Registro de Empresas y Prestadores Privados de Seguridad y el
Registro del Personal de Seguridad;
f) Sustanciar todas las actuaciones administrativas generadas por las
actividades reguladas en este Decreto y demás normas vigentes o que se
dictaren en la materia;
g) Proponer a la Dirección General de Secretaría la imposición de
sanciones en los casos de que se infringieren las normas respectivas;
h) Informar en los expedientes de habilitación de los Centros Privados de
Capacitación del personal de seguridad que autorice el Ministerio del
Interior;
i) Ejercer las funciones de control, fiscalización e inspección del
funcionamiento de las Empresas y Prestadores Privados de Seguridad
habilitados, así como el control del personal de los mismos.- A tales
efectos dispondrá las inspecciones a locales de las oficinas de las
Empresas y Prestadores Privados de Seguridad e incluso de aquellos lugares
donde se cumplen los servicios;
j) Proyectar y someter a consideración de las autoridades del Ministerio
del Interior, los reglamentos que entienda necesarios para regular las
actividades de seguridad en todos sus ámbitos de realización.
k) Proyectar y someter a consideración del Ministerio los instructivos que
estime pertinentes para el desarrollo de las tareas de seguridad referidas
en el presente Decreto.
De acuerdo a lo dispuesto por el Decreto Nº 401/02 de fecha 22/10/02, se
amplió la competencia de la Unidad Policial antes mencionada, incluyendo
la misión de habilitar los Polígonos de Tiro Policiales y Civiles.
Contacto:
RENAEMSE - Registro Nacional de Empresas de
Seguridad
(de la Dirección General de Secretaría - Ministerio del Interior del
Uruguay)
Calle Mercedes Nº 1001 - Montevideo - Uruguay
Director: Insp. Ppal. Juan Carlos VÁZQUEZ ROMÁN
Teléfonos: 902-6453 /
900-0677
renaemse-deptoII@minterior.gub.uy
renaemsedirector@minterior.gub.uy
www.minterior.gub.uy/webs/ReNaEmSe/index.htm
Publicado en
http://www.forodeseguridad.com/instit/uy/renaemse.htm